Actualización de la Norma sobre el uso de maquinaria y equipo en los centros de trabajo

2 de marzo de 2021 por
Amexfal Noticias
El proyecto de Norma será aplicable a la maquinaria y equipo que opere solamente en un lugar fijo y se presenta por 60 días para recibir comentarios y propuestas de cambio o modificación.

El pasado 8 de febrero de 2021 se publicó en el DOF el PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-004-STPS-2020, Maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo. Sistemas de protección y dispositivos de seguridad. Como novedad, el objetivo de la Norma ahora también incluye proteger las instalaciones de un centro de trabajo.
Para esta modernización se consideraron los requisitos elementales técnicos y medidas específicas de prevención que deberán adoptarse en centros de trabajo, con la finalidad de proteger la integridad, la vida y la salud de los trabajadores implicados en actividades relacionadas. 
Además, la propuesta fortalece las disposiciones contenidas en el artículo 20 del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, sobre las responsabilidades de los patrones en materia de acciones de revisión y mantenimiento para la prevención riesgos y protección de los trabajadores. 

Leer: Mantenimiento y recarga de extintores de acuerdo con la PROY-NOM-154-SCFI-2017

Con referencia al antecedente de Norma propuesta en el año 1999, esta actualización refuerza las siguientes disposiciones:


Obligaciones del patrón 
• Listado actualizado de Maquinaria y Equipo: Debe contar un listado que funcione en el centro de trabajo y que contemple al menos el nombre de la maquinaria y equipo, área de ubicación, año de fabricación, número de identificación, tipo de energía para su utilización, clave de ficha técnica, dispositivos de seguridad y aclarar si se trata de equipo nuevo o usado.
• Riesgos potenciales: Analizar y estimar los riesgos potenciales específicos, tomando en cuenta cambios pertinentes en caso de cambio de ubicación de la maquinaria, alteraciones, y cambios en cantidad y uso de energía.
•  Programa de seguridad : el Programa Específico de Seguridad debe considerar la instalación, operación, mantenimiento, revisiones, pruebas, dispositivos de seguridad y desmantelamiento de la maquinaria y equipo. 
• Difusión: Dar a conocer entre los trabajadores dedicados a la instalación, operación, mantenimiento, limpieza, revisiones, pruebas y desmantelamiento de la maquinaria y equipo, los detalles específicos del programa de seguridad.
• Señalamientos visuales: Las indicaciones deben ser claras, visibles y de fácil comprensión, relacionadas con los dispositivos de seguridad.
• Información sobre riesgos: Se debe hacer del conocimiento del trabajador, la comisión de seguridad e higiene y, en su caso, a los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo, sobre los riesgos a los que se encuentran expuestos.

Obligaciones del trabajador

• Capacitación: Debe participar en la capacitación y adiestramiento que proporcione el patrón.
• Seguridad: Cumplir con las medidas de seguridad que señale el programa de seguridad y salud en el trabajo. Esta obligación también aplica para el personal subcontratado que labora en el centro de trabajo.
• Prevención: Asegurar que la maquinaria y equipo se encuentre des-energizada, con freno o inmovilizada para operar en su mantenimiento.  



Análisis de riesgos

• Se establece la necesidad de llevar el Registro del Mantenimiento Preventivo y Correctivo en una bitácora, o en medios electrónicos, durante al menos doce meses, que esté disponible para los trabajadores.
• Las Unidades de inspección deberán aplicar los criterios de cumplimiento previstos en los procedimientos señalados en el proyecto de norma.
• Los Dictámenes emitidos por un Organismo de Evaluación de la Conformidad (Unidad de Inspección) tendrán una vigencia de 5 años.
Cabe destacar que el aspecto a verificar durante la evaluación se realizará mediante la constatación física, revisión documental, registros o entrevistas a los trabajadores. El procedimiento aplicará a las visitas de inspección por la autoridad laboral, así como a las visitas de verificación que realicen las Unidades de Inspección.
Puedes consultar el PROYECTO de NOM-004-STPS-2020 aquí: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5611061&fecha=08/02/2021

Amexfal Noticias 2 de marzo de 2021
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