Regulación de sales puras antimicrobianas – Parte I
19 de octubre de 2021por
AMEXFAL, Marcela Jorge
Los antimicrobianos son
compuestos químicos de origen que puede ser natural, fermentativo, biosintético
o derivado de la síntesis química, cuyo principal efecto en medicina es la
disminución en el número de bacterias, micoplasmas, hongos o de protozoarios en
los animales, administrado por vía oral o parenteral; y, por su parte las Sales
puras son productos antimicrobianos que independientemente de su forma química
y de su concentración, conserva la potencia original de la síntesis.
El desarrollo de estos productos puede llevar un tiempo
considerable desde su descubrimiento hasta la libre comercialización, pues se
requieren amplias y documentadas investigaciones acerca de su aplicación,
dosificación, efectos secundarios y dinámica de flujo de los residuos al
medioambiente.
Parte de las pruebas de
efectividad se realizan en cultivos de laboratorio, animales de prueba y con
esta base se hacen ensayos de su aplicación en las personas. Una buena parte de
la efectividad por el uso de estos productos está basada en la correcta y
oportuna exposición de los microorganismos al ingrediente activo.
Los antimicrobianos constituyen
un soporte en el tratamiento de las enfermedades más comunes en los animales;
sin embargo, su abuso o mal uso (combinación de dosis x tiempo de uso) puede
ocasionar en los microorganismos que se hagan resistentes y causar mayor
severidad y frecuencia en algunas enfermedades de la salud pública.
También es importante hacer
notar que, si se detectan residuos de antimicrobianos en los productos de
origen animal (Carne, leche, huevo) para consumo, se procede el decomiso de
estos, ocasionando con ello una pérdida económica para el productor.
La NOM-040-ZOO-1995
“Especificaciones para la comercialización de sales puras antimicrobianas para
uso en animales o consumo por estos” regula, como su nombre lo dice, la
comercialización de estas sales, y esto se debe principalmente a que el uso
indiscriminado de las mismas constituye un riesgo para la salud pública y es
necesario garantizar la integridad física y química de las sales puras
antimicrobianas.
Primeramente, las personas
físicas o morales que desean importar, distribuir o comercializar sales puras
antimicrobianas (por lote) dentro del territorio nacional deben solicitar la
aprobación mediante el trámite SENASICA-01-021, el cual tiene un costo mínimo y
se requiere presentar un escrito libre y el análisis de control de calidad.
Así mismo, las personas físicas o morales que desean fabricar o
comercializar antimicrobianos, deben realizar un registro pormenorizado por
cada lote de sales puras elaboradas, detallando cantidad, potencia, etc., y
esta aprobación se realiza mediante el trámite SENASICA-01-022, el cual es
gratuito, y se requiere presentar un escrito libre y el documento que indique
la trazabilidad de las sales.
De acuerdo a la
NOM-040-ZOO-1995, tanto las aprobaciones como los movimientos de las sales
puras antimicrobianas deben contar con muestras representativas de los lotes
producidos, importados o comercializados por el establecimiento por lo menos
durante cuatro años. Esto es sujeto de verificación por parte del personal
oficial en cualquier tiempo y lugar.
En conclusión,
para prevenir elevar el riesgo en la salud pública por el uso de
antimicrobianos en los animales es de suma importancia apegarse a la regulación
y generar trazabilidad en el uso de las sales puras antimicrobianas para el
control de la resistencia hacia estos compuestos.
Si tienes alguna pregunta acerca del uso y regulación de
antimicrobianos en los animales, por favor no dudes en
contactarnos.