Regulación de sales puras antimicrobianas – Parte I
October 19, 2021by
AMEXFAL, Marcela Jorge
Los antimicrobianos son compuestos
químicos de origen que puede ser natural, fermentativo, biosintético o derivado
de la síntesis química, cuyo principal efecto en medicina es la disminución en
el número de bacterias, micoplasmas, hongos o de protozoarios en los animales,
administrado por vía oral o parenteral; y, por su parte las Sales puras son
productos antimicrobianos que independientemente de su forma química y de su
concentración, conserva la potencia original de la síntesis.
El desarrollo de estos productos puede
llevar un tiempo considerable desde su descubrimiento hasta la libre
comercialización, pues se requieren amplias y documentadas investigaciones
acerca de su aplicación, dosificación, efectos secundarios y dinámica de flujo
de los residuos al medioambiente.
Parte de las pruebas de efectividad se
realizan en cultivos de laboratorio, animales de prueba y con esta base se
hacen ensayos de su aplicación en las personas. Una buena parte de la
efectividad por el uso de estos productos está basada en la correcta y oportuna
exposición de los microorganismos al ingrediente activo.
Los antimicrobianos constituyen un
soporte en el tratamiento de las enfermedades más comunes en los animales; sin
embargo, su abuso o mal uso (combinación de dosis x tiempo de uso) puede ocasionar
en los microorganismos que se hagan resistentes y causar mayor severidad y
frecuencia en algunas enfermedades de la salud pública.
También es importante hacer notar que, si
se detectan residuos de antimicrobianos en los productos de origen animal (Carne,
leche, huevo) para consumo, se procede el decomiso de estos, ocasionando con
ello una pérdida económica para el productor.
La NOM-040-ZOO-1995 “Especificaciones
para la comercialización de sales puras antimicrobianas para uso en animales o
consumo por estos” regula, como su nombre lo dice, la comercialización de estas
sales, y esto se debe principalmente a que el uso indiscriminado de las mismas
constituye un riesgo para la salud pública y es necesario garantizar la
integridad física y química de las sales puras antimicrobianas.
Primeramente, las personas físicas o
morales que desean importar, distribuir o comercializar sales puras
antimicrobianas (por lote) dentro del territorio nacional deben solicitar la
aprobación mediante el trámite SENASICA-01-021, el cual tiene un costo mínimo y
se requiere presentar un escrito libre y el análisis de control de calidad.
Así mismo, las personas físicas o morales
que desean fabricar o comercializar antimicrobianos, deben realizar un registro
pormenorizado por cada lote de sales puras elaboradas, detallando cantidad,
potencia, etc., y esta aprobación se realiza mediante el trámite
SENASICA-01-022, el cual es gratuito, y se requiere presentar un escrito libre
y el documento que indique la trazabilidad de las sales.
De acuerdo a la NOM-040-ZOO-1995, tanto
las aprobaciones como los movimientos de las sales puras antimicrobianas deben
contar con muestras representativas de los lotes producidos, importados o
comercializados por el establecimiento por lo menos durante cuatro años. Esto
es sujeto de verificación por parte del personal oficial en cualquier tiempo y
lugar.
En conclusión,
para prevenir elevar el riesgo en la salud pública por el uso de
antimicrobianos en los animales es de suma importancia apegarse a la regulación
y generar trazabilidad en el uso de las sales puras antimicrobianas para el
control de la resistencia hacia estos compuestos.
Si tienes alguna pregunta acerca del uso y regulación de
antimicrobianos en los animales, por favor no dudes en
contactarnos.